La Generalitat aprueba una declaración de emergencia climática para alcanzar los objetivos de la Ley del Cambio Climático
El día 23 de junio de 2016 se publicó una carta en el diario The Age de Melbourne, en la que se instaba al Parlamento de Australia para que hiciera una declaración de emergencia climática. Esta declaración fue adoptada, el día 21 de agosto de 2017, por la ciudad de Darebin, y desde entonces han hecho lo mismo diversos Estados, regiones, ciudades, entidades y universidades de todo el mundo, como respuesta al cambio climático. El Gobierno de la Generalitat de Cataluña ha querido unirse a estas instituciones internacionales y aprobó una declaración de emergencia climática el día 14 de mayo de 2019. El objetivo de esta declaración es alcanzar los objetivos en materia de mitigación, establecidas en la Ley del Cambio Climático que el mismo Gobierno había aprobado el verano de 2017, asumiendo los compromisos siguientes:
- Incrementar los incentivos y priorizar las políticas y los recursos públicos destinados a un modelo energético 100 % renovable, desnuclearizado y descarbonizado.
- Adoptar medidas para recuperar ecosistemas y detener la pérdida de biodiversidad.
- Apostar por la economía circular y la creación de lugares de trabajo verdes.
- Asumir un modelo de movilidad urbana basado en el transporte público, el vehículo compartido, la micromovilidad y los vehículos de emisión cero.
- Reducir la vulnerabilidad de los sectores sociales más sensibles a los impactos del cambio climático: ancianos, enfermos, niños…
- Implantar instalaciones de energía renovable (eólica y fotovoltaica).
- Celebrar anualmente un pleno parlamentario monográfico sobre el cambio climático.
- Detectar la legislación vigente que dificulta combatir el cambio climático
En estos objetivos no se visibiliza el sector de la edificación, aunque los edificios tienen una importancia capital en las políticas para luchar contra el cambio climático, ya que este sector genera el 35 % de las emisiones de CO2 y consume cerca del 40 % del consumo final de energía.
L’Ajuntament de Barcelona també esta preparant els continguts per El Ayuntamiento de Barcelona también está preparando los contenidos para hacer una Declaración de Emergencia Climática, que entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2020, coincidiendo con la puesta en marcha de la Zona de Bajas Emisiones de la ciudad. Para su preparación, ha creado una mesa de trabajo formada por más de doscientas entidades, grupos municipales, la Generalitat y el Estado. Entre los expertos está el CAATEEB, y confiamos en que pueda empujar para que se concreten objetivos para el sector de la edificación.
Nuestro sector genera el 35 % de las emisiones de CO2 y consume cerca del 40 % del consumo final de energía
El sector de la edificación
La lucha por el cambio climático requiere esfuerzos importantes en todos los sectores de actividad, pero con especial incidencia en la movilidad y en la edificación, ya que presentan los indicadores porcentuales más elevados en emisiones de CO2. Es por ello que la Unión Europea se ha comprometido a reducir las emisiones de CO2 mediante el establecimiento de un sistema energético sostenible, competitivo, seguro y descarbonizado. Para conseguirlo, ha establecido unos compromisos ambiciosos en la Unión de la Energía y en el marco de actuación en materia de clima y energía hasta el año 2030, con el fin de reducir las emisiones de gases de efecto invernadero (al menos un 40 % de aquí a 2030, en comparación con 1990), aumentar el consumo de energía renovable y conseguir un ahorro energético, mejorando la seguridad, la competitividad y la sostenibilidad energética.
Con esta intención, se establecen incentivos para promover la movilidad eléctrica i, en el caso de la edificación, se han modificado las directivas de eficiencia energética para aumentar un 32,5 % la eficiencia energética para 2030. La nueva directiva para el fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables también establece el objetivo vinculante de que al menos el 32 % de la energía de la Unión Europea proceda de energías renovables de aquí a 2030. En este sentido, se debe tener en cuenta que prácticamente el 50 % del consumo final de energía en Europa se destina a calefacción y refrigeración, y que el 80 % de esta energía se utiliza en edificios.
Es por este motivo que la Unión Europea vehicula muchos esfuerzos para renovar el parque inmobiliario de edificios públicos y privados existentes, priorizando la eficiencia energética y aplicando el principio de “primero, la eficiencia energética” para reducir la demanda y, posteriormente, potenciar el desarrollo de fuentes de energía renovables para cubrir el consumo. Este planteamiento lo ha especificado claramente la Comisión Europea en la última de las tres comunicaciones que ha publicado, remarcando que las medidas de eficiencia energética deberían tener un papel central en la consecución de una economía neutra desde un punto de vista climático de aquí a 2050, y en la reducción del consumo de energía a la mitad respecto al que había en el año 2005. Para conseguirlo, plantea:
• Garantizar una renovación de los edificios existentes, a más tardar en 2050, para que pasen a ser edificios con alta eficiencia energética y descarbonizados, mediante la transformación eficiente de todos los edificios existentes en edificios de consumo de energía casi nulo “nZEB”.
• Adoptar estrategias nacionales a largo plazo de rehabilitación que contengan directrices claras y acciones específicas medibles, fomentando el acceso igualitario a la financiación, en particular para los segmentos menos eficientes del parque inmobiliario nacional, para los consumidores en situación de pobreza energética y para las viviendas sociales.
Son necesarias estrategias nacionales a largo plazo que garanticen unas ciudades más sostenibles. (Fotos: Aina Gatnau)
- Habilitar instrumentos financieros adecuados para superar las deficiencias del mercado.
- Disponer de suficiente mano de obra dotada de las capacidades adecuadas.
- Exigir que las medidas financieras estén vinculadas a la calidad de las obras de renovación, en función del ahorro energético previsto o alcanzado. Por ello, se exige que la legislación nacional de trasposición de los requisitos del artículo 10 de la nueva directivas garantice que las medidas financieras relacionadas con la eficiencia energética estén vinculadas al rendimiento energético, al nivel de certificación o calificación, a una auditoría energética o a la mejora conseguida como resultado de la renovación, que debe evaluarse comparando los certificados de eficiencia energética expedidos antes y después de esta, utilizando valores estándar o mediante otro método transparente y proporcionado.
- Conseguir y garantizar que los propietarios o arrendatarios de los edificios o viviendas reciban más información, y que esta se les proporcione por medio de unas herramientas.
El Estado español ya dispone actualmente de una “Estrategia a largo plazo para la rehabilitación energética en el sector de la edificación” (ERESEE), que se actualizó en el año 2017.
La nueva Directiva 2018/844/UE, de eficiencia energética, deberá ser traspuesta por los Estados miembros como máximo el 10 de marzo de 2020, y sustituye a la Directiva 2010/31/UE, relativa a la eficiencia energética de los edificios, y a la Directiva 2012/27/UE, relativa a la eficiencia energética. La primera directiva sustituida exigía la obligación de adoptar estrategias nacionales a largo plazo de rehabilitación y, la segunda, se centraba más en las disposiciones relativas a la movilización de inversiones económicas para la rehabilitación de los parques inmobiliarios nacionales.
El Estado español ya dispone actualmente de una “Estrategia a largo plazo para la rehabilitación energética en el sector de la edificación” (ERESEE), que se actualizó en el año 2017 respecto una primera estrategia elaborada en 2014, que inicialmente fue muy bien valorada en Europa. En cambio, la modificación de 2017 ha sido menos bien recibida, debido a que ha tenido, hasta el momento, una baja capacidad para movilizar inversiones financieras importantes. Habrá que ver cómo se actualizan los nuevos requerimientos, ya que la nueva directiva europea da mucho protagonismo a estas estrategias, destacando las siguientes:
Punts de activación
Pasaporte de renovación de edificios u hojas de ruta
a. El artículo 2 bis, apartado 1, letra b), establece que la “Estrategia a largo plazo para la rehabilitación” debe comprender “la determinación de enfoques económicamente rentables de las reformas apropiadas para el tipo de edificio y la zona climática, teniendo en cuenta, cuando proceda, los posibles puntos de activación correspondientes al ciclo de vida del edificio”. El considerando 12 de la nueva Directiva aclara que un “punto de activación” es un “momento oportuno en el ciclo de vida de un edificio”. Como ejemplo, los puntos de activación pueden ser: una transacción (por ejemplo, la compraventa, el alquiler o el arrendamiento financiero de un edificio, su refinanciación o un cambio en su uso);
b. una intervención (por ejemplo, una rehabilitación o renovación ya planificada no relacionada con la energía);
c. una catástrofe, un siniestro o un incidente (por ejemplo, un incendio, un terremoto o una inundación). Esto indica que las estrategias deben hacer hincapié en estos momentos estratégicos para activar la rehabilitación energética.
El artículo 2 bis, apartado 1, letra c)
establece que la “Estrategia a largo plazo para la rehabilitación” debe comprender “políticas y acciones destinadas a estimular renovaciones profundas y económicamente rentables de los edificios, entre ellas, las renovaciones profundas por fases, y apoyar las medidas y reformas económicamente rentables específicas, como, por ejemplo, mediante la introducción de un sistema voluntario de pasaportes de renovación de edificios”. No especifica con detalle en qué consiste “el pasaporte de renovación de edificios”, pero en algunos países ya se está utilizando como un documento (electrónico o en papel) en el que se describe la hoja de ruta a largo plazo (quince a veinte años) para planificar las actuaciones de rehabilitación que se debe realizar en un edificio en concreto (con el menor número de etapas posible), que puede ser el resultado de un test, diagnóstico o auditoría energética in situ que cumpla criterios de calidad específicos y que defina las medidas y renovaciones pertinentes que podrían mejorar el rendimiento energético
Con este sentido se alinea el Test Energético Web y el Programa de Mantenimiento Web, creados por el CAATEEB para planificar las actuaciones a realizar y programar en un calendario, de forma consensuada con la propiedad, siendo esta una tarea fundamental para gestionar las actuaciones a realizar en cada edificio y establecer “una hoja de ruta” para que los propietarios puedan llevar a cabo las obras de mejora de la eficiencia energética y de integración de las energías renovables.
La UE vincula muchos esfuerzos para renovar el parque inmobiliario de edificios públicos y privados priorizando la eficiencia energética
Edificios menos eficientes
De acuerdo con el artículo 2 bis, apartado 1, letra d), la “Estrategia a largo plazo para la rehabilitación” de cada país deberá comprender “una visión general de las políticas y acciones dirigidas a los segmentos de edificios menos eficientes del parque inmobiliario nacional, los dilemas causados por la contraposición de incentivos, los fallos de mercado y un esbozo de las acciones nacionales pertinentes que contribuyan a paliar el problema de la pobreza energética”. Esto conlleva que deba ofrecer una visión general de las políticas y de las acciones dirigidas a:
a. Los segmentos de edificios menos eficientes del parque inmobiliario nacional:
Como ejemplo de esta iniciativa, se puede ver que las asociaciones de viviendas sociales de Dinamarca contribuyen a un fondo de solidaridad común que se utiliza para renovar los edificios menos eficientes, y también se aplican desgravaciones del impuesto sobre la renta de las personas, con relación a determinados costes de rehabilitación realizados en eficiencia energética de las viviendas. Con la misma finalidad, en Holanda se aplica un impuesto sobre el consumo energético para estimular las rehabilitaciones energéticas menos eficientes.
b. Los dilemas causados por la contraposición de incentivos:
En algunos países, las restricciones sobre los inmuebles de alquiler relacionadas con la eficiencia energética están siendo una medida efectiva para promover la renovación de los edificios. En este sentido, el Gobierno holandés ha anunciado que, a partir de 2023, los edificios deberán tener una calificación energética mínima de “C” para ser alquilados como espacio de oficinas. En Inglaterra y Gales, los reglamentos de 2015 en materia de eficiencia energética (inmuebles privados de alquiler) establecen un nivel mínimo de eficiencia energética para los inmuebles residenciales y no residenciales en alquiler del sector privado. Desde abril de 2018, deben contar con una calificación mínima “E” para la formalización de los nuevos contratos. Este requisito se aplicará a todos los inmuebles privados en alquiler, aunque no se modifiquen los contratos de arrendamiento, a partir del 1 de abril de 2020 (para los inmuebles residenciales) y desde el 1 de abril de 2023 (para los inmuebles no residenciales). En Escocia se ha introducido una medida que exige la renovación de viviendas sociales con baja eficiencia energética. En Grecia se aplica un enfoque similar, y los edificios deben contar con un certificado de eficiencia energética con una calificación mínima de “C” para ser arrendados o adquiridos por el sector público. Esta obligación se aplicará a todos los contratos de arrendamiento existentes para 2020.
c. Los fallos de mercado:
El término “fallos de mercado” se refiere a una serie de problemas que tienden a retrasar la transformación del parque inmobiliario y el aprovechamiento del potencial de ahorro energético económicamente rentable. Estos pueden incluir, por ejemplo:
- una falta de conocimientos sobre el uso de la energía y los ahorros potenciales.
- una actividad limitada de renovación y construcción en un contexto posterior a la crisis.
- una carencia de productos de financiación atractivos.
- información limitada sobre el parque inmobiliario, y
- una utilización limitada de tecnologías inteligentes y eficientes. Para que no haya fallos de mercado, es necesario que los usuarios y propietarios dispongan de información precisa y de un acompañamiento.
En todo el proceso de rehabilitación. En nuestro país, esta tarea puede ser realizada por el técnico de cabecera, siendo este un profesional de confianza y proximidad a los propietarios que puede informar, asesorar y acompañar para la toma de decisiones.
d. La paliación de la pobreza
energética:
El término “pobreza energética” se refiere a una combinación de bajos ingresos económicos, otros gastos energéticos y una baja eficiencia energética. Su paliación se hace básicamente con aportaciones de recursos económicos públicos. La Agencia Nacional de la Vivienda de Francia aborda la pobreza energética a través del programa Habiter Mieux (vivir mejor), con lo que se impone una nueva obligación destinada específicamente a combatir la pobreza energética, vinculada a la certificación energética. Con este sistema se financiarán acciones destinadas a las viviendas con bajos ingresos. Francia también ha creado un “observatorio de la pobreza energética” para evaluar con más precisión situaciones de pobreza energética y supervisar las ayudas financieras públicas y privadas destinadas a las familias desfavorecidas, junto con las acciones llevadas a cabo en el marco de iniciativas locales y nacionales. La certificación de eficiencia energética de Austria aplica un factor de bonificación de los ahorros obtenidos en viviendas con bajos ingresos, que se pondera con un factor del 1,5. Asimismo, los proveedores de energía deben contar con centros que faciliten información y asesoramiento sobre cuestiones como la pobreza energética, entre otras.
Uno de los objetivos de la revisión de la directiva era adaptarla a los avances tecnológicos, como las tecnologías de construcción inteligentes.
Tecnologías inteligentes y capacitación de los profesionales
Uno de los objetivos de la revisión de la directiva era adaptarla a los avances tecnológicos, como las tecnologías de construcción inteligentes, y facilitar el uso de los vehículos eléctricos y de otras tecnologías, mediante el establecimiento de requisitos de instalación específicos, así como garantizar que los profesionales de la edificación cuenten con la capacitación y los conocimientos técnicos exigidos. El artículo 2 bis, apartado 1, letra f) establece que la “Estrategia a largo plazo para la rehabilitación” comprende “un resumen de las iniciativas nacionales para promover las tecnologías inteligentes y edificios bien conectados, así como la capacitación y la enseñanza en los sectores de la construcción y de la eficiencia energética”.
Desde hace unos años, el CAATEEB ha elaborado una serie de cursos, posgrados y másteres para conseguir una mejor capacitación de los profesionales, que se pueden consultar en el Área de Formación del Colegio, así como un conjunto de publicaciones que los colegiados pueden descargarse gratuitamente en formato PDF o comprarlos en formato papel, a través de la misma web del CAATEEB.
En Alemania disponen de una listado nacional de expertos en eficiencia energética para los programas de apoyo del Gobierno federal en el ámbito de la eficiencia energética, los cuales actúan en los servicios locales de asesoramiento sobre la energía.
Eslovenia cuenta con una formación/certificación, que está consiguiendo sinergias importantes a través de un enfoque de formación modular coordinado.
En Croacia, los programas de formación en materia de eficiencia energética para los profesionales de servicios de arquitectura y construcción se pusieron en marcha en 2009. El objetivo también es mejorar los conocimientos y las competencias de los técnicos, para que les permita abordar los encargos con mayor seguridad profesional.
La recomendación de la UE relativa a la rehabilitación de edificios, anima a que los Estados miembros consideren la posibilidad de incorporar la eficiencia energética en los planes de estudio y en los programas para la formación de los profesionales del sector de la edificación, en el marco de su política educativa nacional.
Desde hace unos años, el CAATEEB ha elaborado una serie de cursos, posgrados y másteres, para conseguir una mejor capacitación de los profesionales
Desamiantado y gas radón
La rehabilitación energética también puede incluir beneficios relacionados con la salud ambiental interior, la prevención de enfermedades y el aumento de la productividad laboral, gracias a la mejora de las condiciones de trabajo y de vida, así como una disminución de las emisiones de dióxido de carbono a lo largo del ciclo de vida.
En este sentido, el artículo 2 bis, apartado 1, letra g) establece que cada “Estrategia a largo plazo para la rehabilitación” comprenderá “un cálculo, basado en datos reales de ahorro de energía y de los beneficios de mayor alcance, como los relacionados con la salud, la seguridad y la calidad del aire, que se esperan obtener”. Este planteamiento parte de la idea de que determinadas medidas destinadas a abordar la eficiencia energética también pueden contribuir a la consecución de un entorno interior saludable.
Por todo ello, las actuaciones de rehabilitación también deben estar encaminadas a, por ejemplo:
a. La prevención de la eliminación ilegal de sustancias nocivas, como el amianto.
b. La mitigación de la existencia del radón en el interior de los edificios.
c. La facilitación del cumplimiento de la legislación vigente en materia de condiciones laborales, salud y seguridad, y emisiones. En el caso del amianto, hay que tener presente que el Comité Económico y Social Europeo emitió un Dictamen (2015/C 251/03) para erradicar el amianto en la UE, en el que propone aprovechar las obras de rehabilitación energética que se deben realizar en los edificios para descarbonizar la economía europea antes del año 2050, para que se haga también su desamiantado. En este sentido, la Comunidad Autónoma de Navarra fue la primera Administración española en aprobar un Plan para el Desamiantado los Edificios que, con un horizonte de 12 años, pretende movilizar 245 millones de inversión.
Por otra parte, también hay otro reto de salud ambiental que afecta directamente a la calidad del aire en el interior de los edificios, como es la presencia de concentraciones elevadas de radón en los edificios ubicados en determinados emplazamientos, que se encuentran sobre suelos donde emana este gas radiactivo (véase artículo en L’Informatiu núm. 358 de diciembre de 2018). Este hecho está estrechamente relacionado con las intervenciones de eficiencia energética por las que se obtienen edificios con una envolvente estanca, y es por ello que esta cuestión también debe ser tratada y evaluada en este tipo de intervención, mejorando la calidad del aire y la salud de sus ocupantes.
Economía circular
Los edificios con bajo nivel de emisiones de carbono también han de optimizar el uso de los recursos y, por tanto, limitar las emisiones de carbono durante la construcción y el uso del edificio. Por eso es importante preservar los recursos en el edificio el mayor tiempo posible, mediante un cuidadoso mantenimiento. Cuando los edificios han llegado al final de su vida o se les somete a una reforma importante, se pueden separar los productos o los materiales de construcción. Esto permite la reutilización o el reciclaje, que pueden reducir sustancialmente el volumen de los residuos de derribo que van a parar al vertedero. Las posibilidades de circularidad dependen directamente de la manera en que se realice la renovación, los materiales que se elijan y de cómo se acoplan. El reciclaje de los materiales también tiene un efecto positivo sobre el consumo energético, ya que la fabricación de productos primarios para la construcción normalmente requiere más energía que el uso de materiales secundarios.
Si los productos están en perfecto estado de conservación, pero no satisfacen las necesidades de un usuario, pueden ser intercambiados y utilizados por otro usuario. Esta es una de las principales posibilidades que tienen las estrategias de prevención de residuos. Para poder reutilizar este tipo de productos, el CAATEEB ha desarrollado una herramienta web y aplicación, llamada MARKETcons, que permitirá intercambiar productos entre usuarios y reducir de esta forma las emisiones de CO2 .
Modificaciones reglamentarias
Hasta ahora, los progresos de las directivas europeas de eficiencia energética de edificios de 2010 y 2018 no se han correspondido con avances similares en la legislación española, ni en el Código Técnico de la Edificación y reglamentos de instalaciones (RITE , REBT), ni tampoco en las capacidades del sistema financiero para desarrollar productos específicos para impulsar la rehabilitación energética española. No obstante, han aparecido últimamente cambios regulatorios, como son los relacionados con la energía solar fotovoltaica (RD 244/2019), y para promover el vehículo eléctrico o dar protección a los consumidores (RDL 15/2018), pero es evidente que estos son todavía insuficientes. Paralelamente, se ha iniciado un gran abanico de modificaciones, como son:
- Inclusión en el requisito básico de habitabilidad de una nueva exigencia reglamentaria de protección contra el radón (y desarrollo de la correspondiente sección HS 6 en el Documento Básico DB HS de Salubridad).
- Proyecto de Real Decreto por el que se modifica el RD 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios.
- Proyecto de Real Decreto, por el que se modifica el real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, en el que se aprueba el reglamento de instalaciones térmicas en los edificios.
- Anteproyecto de Ley de Cambio climatico y Transición Energética
- Plan Nacional Integrado vde Energía y Clima (PNIEC) 2021·2030
- Consulta pública previa sobre el Proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación (y modificación del Documento Básico Ahorro de Energía i la Anejo II· Sección HS6 del Documento Básico de Salubridad).
Habrá que poner la atención a toda esta modificación legislativa. No obstante, hay que hacer notar que, hasta ahora, ha sido básicamente pensada para la obra nueva o la gran rehabilitación, y que su incidencia en la lucha por el cambio climático ha sido baja o muy baja, ya que no ha afrontado la mayor parte del problema, que el sector de la edificación se concentra en los edificios existentes y en la ciudad ya construida. Por todo ello, necesitamos una legislación territorial y técnica diferente y más disruptiva que la actual, que no se centre en transformar suelo y construir edificios nuevos, para avanzar hacia una legislación que impulse las actuaciones de mantenimiento, conservación y mejora de los edificios existentes. La Directiva 2018/844/UE de eficacia energética y la Recomendación 2019/786/UE, relativa a la renovación de edificios, lo concreta muy bien. Hay que ver si las administraciones españolas lo trasponen adecuadamente y, de esta forma, el sector de la edificación puede hacer una aportación real y efectiva a la emergencia climática que declaramos y que tenemos delante.
Referencias bibliográficas
- Gobierno de la Generalitat de Cataluña. (14 de mayo de 2019). Acuerdo de Gobierno. Declaració d’emergència climàtica [Nota de prensa]. Recuperado de https://govern.cat/salapremsa/notes-premsa/354303/govern-declara-formalment-emergencia-climatica
- Directiva (2018/844/UE, de 30 de mayo de 2018, por la que se modifica la Directiva 2010/31/UE, relativa a la eficiencia energética de los edificios, y la Directiva 2012/27/UE, relativa a la eficiencia energética, DOUE L 156 § 75 a 91 (2018)
- Recomendación 2019/786/UE, de 8 de mayo de 2019, relativa a la rehabilitación de edificios, DOUE L 127 § 34 a 79 (2019)
Autoria de les fotos: Fotos: Aina Gatnau y otros
Nota del editor
Este artículo fue publicado en septiembre de 2019, en L’Informatiu 361 – julio, agosto y septiembre 2019